La norma que ordenaba a farmacias y boticas de todo el país a contar con medicamentos genéricos de precios hasta 50 veces más baratos que los de marca venció hace dos semanas sin que el Ministerio de Salud publicara una prórroga.
Desde el 25 de febrero, los establecimientos públicos y privados ya no están obligados, bajo riesgo de multa, a contar con un stock de medicamentos esenciales genéricos tras la culminación de la vigencia del Decreto de Urgencia que promovía la venta de este tipo de fármacos de bajo costo.
Se trata del D.U. N°007-2019, publicado el 31 de octubre del 2019, que declaraba a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como “parte esencial del derecho a la salud” y disponía medidas para promover el uso de medicamentos genéricos con Denominación Común Internacional y de productos biosimilares.
En su cuarta disposición final, ordenaba a las farmacias, boticas y servicios de farmacias del sector privado a mantener disponible o demostrar la venta de los medicamentos esenciales genéricos contenidos en un listado elaborado por el Ministerio de Salud.
Los establecimientos que no cumplían podían ser sancionados con dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que en ese momento equivalía a S/8.400. Dicho listado se publicó al mes siguiente (RM 1091-2019/MINSA) e incluía 31 medicamentos como amoxicilina, azitromicina, captopril, clonazepam, omeprazol, paracetamol y sertralina. La lista se amplió a 34 medicamentos en el 2020.